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03/03/2024

Lo que está en juego

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El hombre que es jefe de gobierno y responsable de la administración del país, lleva incorporados a su escarcela una nutrida ristra de insultos para referirse a la sede del Poder Legislativo de la Nación, además de agraviar a los gobernadores.

Juan Chaneton *

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El hombre que se halla en la Casa Rosada como responsable político de la administración general del país, acaba de anunciar que está pensando en criminalizar un eventual financiamiento al fisco que el Banco Central podría hacer en el futuro, lo cual -dice el hombre- sería considerado delito penal con el consiguiente encarcelamiento del presidente de la autoridad monetaria, del directorio en pleno y de todos los legisladores nacionales que voten a favor de un presupuesto que emita moneda.

Pero enviar al recinto un proyecto de ley semejante sería usar el derecho penal como instrumento de gobierno, en particular, de política económica. "La democracia" no debería permitir tal extravío.

Previamente, el hombre a cargo del ejecutivo nacional, detrajo ilegalmente dinero que es de propiedad de la provincia de Chubut en los términos del artículo 75 inc. 2°, párrafo 2 de la Carta Magna, que establece que "Una ley convenio, sobre la base de acuerdos entre la Nación y las provincias, instituirá regímenes de coparticipación de (estas) contribuciones, garantizando la automaticidad en la remisión de los fondos". "Automaticidad" quiere decir que ningún Presidente -o quien haga sus veces- puede "sancionar" a un eventual deudor del gobierno nacional negándole los fondos que la Constitución Nacional consagra como de propiedad de las provincias, pues es sería una represalia que vulneraría tal "automaticidad".

Esa "ley convenio" a que alude la Constitución es la 23.548/88 cuyo art. 1° dispone: «Establécese a partir del 1° de enero de 1988, el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las provincias, conforme a las previsiones de la presente Ley». Es decir, que coparticipar con las provincias el monto total de los gravámenes recaudados, es una obligación de la Nación, no una decisión facultativa del Presidente. Lo subraya el art. 3° de la norma en comentario que dice: «El monto total recaudado por los gravámenes a que se refiere la presente ley se distribuirá de la siguiente forma: a) El cuarenta y dos con treinta y cuatro centésimos por ciento (42,34%) en forma automática a la Nación; b) El cincuenta y cuatro con sesenta y seis por ciento (54,66%) en forma automática al conjunto de provincias adheridas; c) El dos por ciento (2%) en forma automática para el recupero del nivel relativo de las siguientes provincias: Buenos Aires 1,5701%; Chubut 0,1433%; Neuquén 0,1433%; Santa Cruz 0,1433%.

Por su parte, la Constitución también consagra a la Cámara de Diputados de la Nación en el rol de instancia acusadora del titular del Ejecutivo, ante el Senado, en las causas de responsabilidad que eventualmente se intenten contra él "por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones...", etcétera.

Este hombre que es el jefe de gobierno y responsable político de la administración general del país (art. 99, inc. 1 CN), es el mismo que lleva incorporados a su escarcela una nutrida ristra de insultos para referirse a la sede del Poder Legislativo de la Nación, además de agraviar a los gobernadores que han cuestionado su tentativa de latrocinio a las arcas provinciales; amén de que ha proferido groserías inauditas contra dignatarios religiosos y jefes de Estado de países con los que la Argentina mantiene relaciones diplomáticas y consulares; este sujeto -decimos- que luce, por lo regular, emocionalmente alterado como si sus facultades cognoscitivas se hallaran bajo una tensión fisiológico-neuronal ciertamente anómala, debería ser tomado y tratado, en aras de la salud política y cultural de la sociedad argentina, como un asunto que ha excedido de lo individual para exorbitarse hacia el campo institucional con el consiguiente peligro social que esto, de ser así, implicaría.

El art 53 de la Constitución Nacional, según lo dicho más arriba, es el último de un "capítulo primero" de una "Segunda Parte" de la Ley Fundamental, que trata sobre "Autoridades de la Nación", y dice, refiriéndose a la Cámara de Diputados, que "Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al Presidente, Vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros y a los miembros de la Corte Suprema...", por las causales ya explicadas. Si éste llegara a ser el caso, un eventual decisorio de Diputados no tendría "más efecto que destituir al acusado y aun declararle incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo de la Nación". Es decir que, para ser juzgado penalmente, si ese llegara a ser el caso, habría que acusarlo según las leyes y ante los tribunales ordinarios, lo cual dejaría a Victoria Villarroel, a Martín Menem o a Horacio Rosatti en la línea sucesoria, esto también es así. Pero la dimensión jurídica de la Historia siempre ha cedido ante el potencial de los escenarios políticos que suelen precipitarse, esto también es así.

En todo caso, si este hombre estuviera fuera de sus cabales, no sería ya un asunto de competencia de la justicia federal de Chubut, que acaba de darle la razón al gobernador Torrres, sino de un sistema institucional que cuenta con los resortes de que la propia Constitución del Estado lo ha dotado para defenderse de los extravíos disolventes.

Empero, más allá de las formalidades institucionales, es posible inferir, en atención a los movimientos que Javier Milei desarrolla en el escenario global, que no ha venido, principalmente, a ejercer la presidencia sino que, por detrás de lo fenoménico visible, se perfilaría el turbio designio de plantar en el sur de América Latina el mojón de la Open Society, Black Rock, la Rand Corporation y similares orgánicas cuyo norte es un orden totalitario mundial, y la nuestra sería, en esa óptica vesánica, tierra de homínidos "ninja" apta para experimentaciones sociales que, si no lograran la balcanización en el corto plazo, volverían en el futuro, como las oscuras golondrinas, pero no a colgar nidos en ningún balcón sino a replantear como "solución" para los problemas argentinos un regreso hacia las "enseñanzas" de aquel buen profeta (discípulo del Jabad Lubavitch Schneerson) que, en su tiempo argentino, no fue comprendido por los disminuidos mentales que componían su auditorio. La élite angloisraelí hegemónica en Occidente, mira lejos y tiene paciencia.

Milei, estaría trabajando, así, para gentes que desde el fin de la guerra fría, aspiraron a instalar aquí el estatus de "estado fallido". Esa distopía podría devenir realidad dentro de las décadas necesarias para que fracasen los proyectos de gobierno que sucederán al agente del fundamentalismo globalizador que hoy ha podido, con el concurso de los locales grupos mediáticos concentrados que participaron activamente en su campaña, encaramarse en lo alto de la pirámide institucional argentina.

El problema con las dictaduras no es que conculcan la "libertad". El problema es que a veces conculcan la libertad equivocada, y permiten la libre actividad de los que persiguen la esclavitud. Con la "dictadura K" íbamos a "ser Venezuela". Con la de Milei, nos dirigimos, viento en popa y al cabo de unos cuantos lustros si un proyecto similar lograra volver, a consagrar el derecho de pernada para el hijo de Soros y en detrimento de nuestras hijas adolescentes... como en la Tailandia turística. Con los perseguidores de semejantes designios, no debería haber "democracia" que valga.

No es un programa político, ni saber si la razón le asiste a Hayek o a Keynes. Es una causa existencial lo que está en juego.



(*) Abogado, periodista, escritor.
29/07/2016

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