Columnistas
04/06/2016

Impuestos coparticipables

Devolución del 15 por ciento

Devolución del 15 por ciento  | VA CON FIRMA. Un plus sobre la información.

Una buena noticia para provincia y municipios. Un pequeño paso que debería prolongarse para lograr una verdadera y “constitucional” discusión de la Ley de Coparticipación Federal.

Hernán D´Andrea

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En la semana que finaliza la Legislatura de la Provincia de Río Negro sancionó por unanimidad el acuerdo firmado oportunamente en Córdoba entre la Nación y la Provincia que dispone la devolución gradual del 15% de la masa de impuestos coparticipables.

Una buena noticia no solo para el gobierno provincial que comenzará a recibir gradualmente los puntos de coparticipación que reclamaba, sino también para los 39 municipios que percibirán estos ingresos extraordinarios.

Para este año, los ingresos se conformarán con el recupero efectivo de 3 de esos puntos porcentuales de coparticipación (que representa aproximadamente 370 millones de pesos) y un préstamo nacional por el restante 6%, que aportará otros 740 millones para la provincia, o sea un 9 de ese 15 por ciento adeudado.

La ley sancionada establece que serán considerados como ingresos coparticipables para los municipios ambos conceptos a percibir por la provincia, tanto el incremento de coparticipación propiamente dicho, como el préstamo extraordinario ofrecido por el gobierno nacional. De esta forma, para este 2016, los 39 municipios rionegrinos podrán percibir ingresos extraordinarios por unos 110 millones de pesos aproximadamente, según el índice de coparticipación que posea.

En realidad el segundo ítem del acuerdo, es decir el préstamo nacional, no obliga a las provincias firmantes a redistribuirlos, ya que no son ingresos nacionales coparticipables, por lo que se entiende que la decisión adoptada por el gobierno de Weretilneck y aprobada por los legisladores es una interesante muestra de federalismo interno, y propicia una mejor posibilidad de desarrollo del proceso de integración provincial.

Hasta hoy solo había tres provincias (Córdoba, Santa Fe y San Luis) que venían recibiendo la coparticipación plena, y las restantes 21 provincias venían padeciendo esta retención del 15% desde 1992.

El 12 de agosto de 1992 se firmó el Pacto Fiscal que autorizó al Estado Nacional a retener el 15% de la masa de los impuestos copartipables para atender el pago de obligaciones previsionales y gastos operativos. En ese acuerdo se le dio vigencia a esta retención hasta el 31 de diciembre de 1993, y la provincia y el gobierno nacional se comprometieron a seguir financiando mancomunadamente el régimen nacional.

En el año 2006 finalizó el acuerdo firmado oportunamente y se prorrogó en la Ley de Presupuesto Nacional desde el año 2006 en adelante, con lo cual dicha detracción quedó prorrogada indefinidamente; más tarde iba a ser objetada en Córdoba, Santa Fe y San Luis.

Nueve años después, la Corte Suprema emitió el fallo y dictó la inconstitucionalidad del artículo de la Ley de Presupuesto. Automáticamente, estas provincias comenzaron a percibir la coparticipación plena, pero no se aplicó lo mismo en las restantes jurisdicciones, entre ellas Río Negro.

Luego de esto y para resolver las diferencias existentes, siempre con la intención de no desestabilizar el sistema previsional en el reparto y las prestaciones con una brusca disminución de los ingresos, todos los gobernadores llevaron el reclamo a lo más alto del gobierno nacional.

Hasta desembocar en el 18 de mayo pasado, en la ciudad de Córdoba, donde quedó planteada la manera en que el Estado nacional irá reduciendo gradualmente esta detracción a las 21 provincias que no fueron beneficiadas por el fallo de la Corte.

Es importante aclarar que este acuerdo no significa renunciar a ningún reclamo administrativo ni sacrificar ningún derecho judicial, en consonancia con el fallo dictado para las provincias de Córdoba, Santa Fe y San Luis.

También sería pertinente que se aproveche este importante, pero pequeño resultado para que se insista desde las provincias a través de los gobernadores y senadores el efectivo cumplimiento de la Constitución Nacional en lo referido a la coparticipación federal.

La Constitución reformada en 1994 exigió que el Congreso dictara en un período no mayor a un año una nueva ley de Coparticipación Federal de Impuestos, sin que se hayan logrado los consensos necesarios para formular un acuerdo. Pasaron 28 años y muchas “enmiendas” a la ley, pero nunca existió el consenso para modificarla.

Esto hace que las provincias no puedan superar la dependencia económica, financiera, política y social del gobierno “central” que debería ser “federal”.

En definitiva, los problemas de la coyuntura política nos impiden la consideración de un problema tan delicado como el de nuestro sistema republicano y federal y en particular, el de las modificaciones que hay que producir para cumplir el gran proyecto federal de la reforma constitucional de 1994.

29/07/2016

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