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15/10/2021

Una enmienda inconstitucional

Una enmienda inconstitucional | VA CON FIRMA. Un plus sobre la información.

Ante la pretensión del oficialismo y aliados en el Deliberante de eliminar las elecciones municipales cada 2 años, contrariando que se pueda analizar el desempeño personal de los 4 años de cada edil, me remito al axioma que dice “la democracia se mejora con más democracia”.

Ernesto García

Ninguno de los 135 municipios de la provincia de Buenos Aires (se llaman Partidos, pero no tienen equivalencias institucionales con lo que, en Neuquén, y en otras provincias, se denominan Departamentos), ninguno, decía, tiene Carta Orgánica, como si las tienen en Neuquén las municipalidades de primera Categoría, que son aprobadas por una ley provincial. Y que dispone que pueden ser modificadas por una reforma o por una simple enmienda. La reforma implica una modificación de fondo, es decir, de algún aspecto sustantivo que cambie el espíritu de la carta a reformar. La enmienda significa una variante adjetiva y de carácter instrumental para una mejor aplicación de esta Constitución Municipal.

La enmienda de Jorge Sobisch impuso el sistema D’Hont desde 1995 terminó en ese año con la composición de la Legislatura Provincial, de una mayoría de 15 diputados, y una única minoría de 10.

Esta enmienda fue inconstitucional, pues alteraba, alteró, taxativamente, el espíritu de la constitución constituyente, que había nacido para mí con la inteligencia de que con 2 organizaciones políticas en la provincia alcanzaba para el objetivo de pervivencia. Ellas eran las 2 vertientes de la Unión Cívica Radical del Pueblo, e Intransigente. La aparición del MPN en los ‘60 frustró el intento radical.

Por eso la ‘Enmienda Sobisch’ fue un avance en la participación popular, no tuvo objeciones y fue aprobada mayoritariamente. Aunque sostengo que fue inconstitucional.

Pero esta “Enmienda Gaido” es distinta, no tiene la misma entidad que aquella de 1994/95. Porque la provincia de Buenos, la más importante, la de mayor población, con casi 12 millones de electores, la de mayor territorio, la de mayor economía, renueva la mitad de los concejales cada 2 años. Y nadie objeta esa renovación. No hay pretensión de modificar esa periodicidad. Ante la pretensión del oficialismo y aliados en el Concejo Deliberante de la capital neuquina, de eliminar las elecciones municipales cada 2 años, contrariando que se pueda analizar el desempeño personal de los 4 años de cada edil, me remito al axioma que dice “la Democracia se mejora con más Democracia”.

Por eso, el voto cada 2 años, tendría que estar en la Constitución Provincial y en todas las Cartas Orgánicas Y por ahora no enmendar la Carta Orgánica capitalina. Primero, con la medida cautelar de suspender las elecciones municipales del 24 de octubre, y luego anulándolas definitivamente en la sentencia de fondo. (*)

Si el intendente quiere dejar de votar cada 4 años, que convoque a una Reforma.

(*) A 10 días del 10/24, esta posibilidad ya fue descartada por el Fiscal General y resuelta en principio, desfavorablemente, por el alto Tribunal neuquino. Todavía falta la sentencia de fondo, es cierto. Pero Laura D'Amico y Gerardo Bilardo en "Va con Firma", descubren la maniobra de Gaido/Gutiérrez para asegurar el porcentaje mínimo de votantes, determinando como 'obligatoria' a la elección.

29/07/2016

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