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Argentina
03/11/2021

Críticas a la “falta de escrúpulos” de Carlos Rosenkrantz

Críticas a la “falta de escrúpulos” de Carlos Rosenkrantz | VA CON FIRMA. Un plus sobre la información.

El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat consideró que compromete la “imparcialidad y la independencia” la decisión del juez de la Corte Suprema de comenzar a intervenir en las causas donde haya clientes que representó en el pasado con su estudio de abogados. Propicia una Corte de 15 miembros y 5 salas.

Diego Colao

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Eduardo Barcesat, abogado constitucionalista y docente universitario, sostuvo que la “recusación” de las causas debe ser “la respuesta de la abogacía argentina a la falta de escrúpulos del ex presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz”, luego de su decisión de comenzar a intervenir en causas en las que están involucrados clientes que representó en el pasado con su estudio de abogados, y que hasta ahora se excusaba.

“Los litigantes van a tener que recusarlo cuando se trata de este tipo de intervenciones porque evidentemente si ha sido letrado, ha tenido interés y ha percibido lógicamente honorarios, el hecho de que hayan transcurrido cinco, diez o veinte años no cambia en nada el requisito que establece el Pacto internacional de Naciones Unidas en materia de recaudos para la función judicial, que son idoneidad, independencia, imparcialidad y competencia”, expresó Barcesat a Va Con Firma.

Y remarcó que “la independencia y la imparcialidad están severamente comprometidas” con esta decisión del juez de la Corte.

Rosenkrantz le comunicó, según consignó El Destape, a los otros miembros del máximo tribunal la semana pasada, que no se excusó en una causa en la que interviene Claro, antiguo cliente de su estudio jurídico, porque “no configura ninguna causal”.

De acuerdo a lo informado, el juez dijo que “que en otras causas anteriores en las que se configuraban circunstancias como las de la presente, preferí hasta el momento no intervenir para aventar cualquier posible percepción negativa sobre mi participación en ellas” pero “atento al tiempo transcurrido desde mi asunción como juez del Tribunal, más de cinco años, estimo que esa postura ya no se encuentra justificada y por consiguiente, intervendré en el futuro en tales causas”.

Barcesat insistió que “en nuestro sistema procesal, uno de los integrantes del cuerpo colegiado, como es en este caso la Corte Suprema, puede ser recusado sin expresión de causa, es decir, que ni bien llega el expediente con el escrito de recurso extraordinario, los litigantes deben tomar la precaución de recusar sin causa a Carlos Rosenkrantz para no tener que estar explayándose o dando lugar a medidas probatorias o ver que opinan los otros ministros de la Corte”.

Y remarcó que de esta manera “directamente se lo recusa sin causa y se lo saca del medio, y esto sería la respuesta de la abogacía argentina a la falta de escrúpulos del ex presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz”.

El estudio Rosenkrantz, Bouzat y Asociados representó a varias empresas importantes en el país como Mc Donalds, La Rural, Clarín, La Nación, el Grupo De Narváez, YPF o la provincia de Santa Fe; y uno de los casos que pueden llegar a la Corte es el de Telecom, que está litigando contra el decreto del gobierno que declaró servicio esencial los servicios de telecomunicaciones.

Para Barcesat, “éste sería un caso paradigmático, pero no es el único; todos los casos en que el complejo multiempresarial Clarín está con sus intereses en juego es lógico que deban ser recusados sin causa para sacarlo de inmediato”.

“Lo establece el Código de Procedimiento, no es un tema que tenga dos bibliotecas y ya uno queda despejado de que va a tener un juez ciertamente parcial y ciertamente carente de independencia en estos temas”, definió.

El número de la Corte

Consultado por la renuncia de Highton de Nolasco que deja al máximo tribunal con cuatro miembros, Barcesat consideró que “la solución posible” mediante una “ley de la Nación, es modificar el número de miembros y su funcionalidad”; aunque aclaró que “lo óptimo sería una reforma constitucional no solo para la Corte, sino para todo el poder judicial, para hacerlo republicano y representativo porque el actual poder judicial no es ni lo uno ni lo otro”.

“Dentro de lo que puede ser hecho por ley, mi propuesta es una corte de 15 ministros, en salas de 3 ministros cada uno, divididos por áreas temáticas del Derecho y que una de esas salas tenga la intervención inicial en lo que refiere al control de constitucionalidad y de convencionalidad, el control de validez”, explicó el especialista.

Y agregó que “es la única manera de que puedan abordar las 12.000 a 14.000 causas que reciben por año”.

Las otras dos modificaciones en cuanto a la funcionalidad que planteó Barcesat son primero “suprimir lo que se conoce como artículo 280 del código de procedimiento que autoriza que la Corte desestime los recursos extraordinarios sin dar fundamentos, invocando mera y dogmáticamente que no satisface los requisitos” porque “si a todos los jueces se les exige que funden en derecho sus sentencias, resulta arbitrario que la Corte esté eximida de esa obligación”.

Y el segundo punto tiene que ver con que “la Corte no tiene plazos procesales; emite las sentencias cuando quiere, y con ello va administrando conforme las ráfagas políticas las causas que quiere entregar y aquellas que deja estaqueadas por años”.

En este sentido, consideró que si “todos los tribunales están sujetos a plazos y las partes estamos sujetos a plazos”, que la Corte tenga una plazo le da al “litigante una certeza de que la Corte se va a pronunciar”.

29/07/2016

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