Río Negro
25/10/2018

Sortearon los nombres de los “jurados populares”

Sortearon los nombres de los “jurados populares” | VA CON FIRMA. Un plus sobre la información.

En el marco de la reforma del Código Procesal Penal se realizó ayer en Viedma el sorteo de los 2100 ciudadanos para las cuatro circunscripciones de la provincia. El sistema se pondrá en marcha el año próximo. La legisladora Lastra señaló que “estamos llevando un poco de democracia a la justicia”.

En dependencias del Poder Judicial se realizó ayer el sorteo los ciudadanos que podrán integrar los jurados populares en las cuatro circunscripciones de la provincia.

Se trata de 2100 rionegrinos que una vez depurado el listado y publicado en el Boletín Oficial deberán cumplir con tal función en forma obligatoria y como una carga pública. El sistema se pondrá en marcha el año que viene. Ahora se hará una depuración y el listado final será publicado en el Boletín Oficial. La participación es obligatoria y de carga pública. Ahora se abre un período de recusaciones y excusaciones.

La legisladora Tania Lastra (JSRN), una de las impulsoras de la reforma, destacó que la implementación del juicio por jurados es el punto neurálgico de lo que fue la reforma del Código Procesal Penal.

Indicó que “si bien estaba previsto en la Constitución Nacional, nunca se había logrado integrar estos jurados populares en la provincia de Río Negro. Este comienzo es el punto fundamental dentro del andamiaje que va a ser la estructura del juicio por jurados”.

Consideró además que es fundamental que los jurados populares tengan una participación activa. “Estamos llevando un poco de democracia a la Justicia con la participación de ciudadanos que no tienen nada que ver con el Poder Judicial y que van a poder juzgar si una persona ha sido o no culpable de un delito”, señaló.

Proceso

A partir de ahora, la Oficina Judicial definirá la cantidad de personas que integran el jurado y suplentes, que deben presenciar todo el debate oral del juicio, para que se pueda garantizar el mecanismo. Según se explicó, las partes pueden recusar a las personas que integran el jurado, y puede presentarse excusaciones, que deben plantearse al juez de la causa, que evaluará si las otorga o no.

“El jurado tiene que entender en dos razones, si hay suficientes pruebas para que una persona sea juzgada y el veredicto: culpabilidad o inocencia” explicó el titular de la Unidad de Procesos y Mejora Continua, Santiago Miguelez. “Debe tenderse a que sea unánime, sino debe ser por mayoría, si estuviese integrado por 12 personas, al menos 10 deben estar de acuerdo”, agregó.

Miguelez dijo que “las personas que integren el jurado tienen carga pública, es decir, deben participar y los empleadores deben garantizar esa presencia. Para quienes están desempleados o sean monotributistas, está estipulado un pago, y quienes se deban trasladar de otra ciudad, también el alojamiento”.

El funcionario aseguró que “el proceso prevé que el jurado debe cumplir ciertas formas, y la responsabilidad de mantenerse dentro de una “incomunicación” para garantizar imparcialidad”. Y adelantó que “si el caso hubiese generado una fuerte repercusión pública, el juicio se podría trasladar a otra ciudad”.

Claves
 

-No es necesario saber de derecho: De modo simple, un juez explicará al jurado los aspectos jurídicos del caso. Los ciudadanos darán su veredicto basándose en todo lo que vieron y escucharon durante el juicio, guiados por su buena fe y sentido común.

-Los jurados se eligen por sorteo: Una lista general de posibles jurados se sortea una vez al año del Padrón Electoral. Para cada juicio se sortea de esa lista a un grupo de personas, que pasan a una Audiencia de Selección hasta conformar un jurado imparcial.

-Es una carga pública: Para ciudadano designado es obligatorio asistir. Su empleador, sea el Estado o un privado, justificará su inasistencia y no podrá descontarle el día. También se reconocerán posibles gastos de transporte y comida.

-Son requisitos: Ser Argentino mayor de más de 18 años con residencia en la zona donde ocurrió el delito y no tener condenas por delitos dolosos. Abogados y funcionarios públicos no pueden ser jurado. Tampoco Auxiliares de Justicia ni los miembros activos de seguridad ni los referentes religiosos.

-Reflejo de la sociedad: Para integrar el jurado la ley dispone que se debe buscar equilibrio de géneros y edades, intentando que la mitad de sus integrantes pertenezca al mismo entorno social y cultural de la persona juzgada.

¿Cómo serán los juicios?

-Los juicios ante jurados populares se utilizarán para los delitos más graves y siempre que el fiscal anticipe que pedirá una pena mayor a 12 años de prisión. Si el fiscal anuncia una pena menor el juicio será ante los jueces profesionales.

-Pueden ser 7 o 12 miembros: El jurado será de 7 ciudadanos cuando el fiscal anticipe que pedirá una pena de entre 12 y 25 años de prisión. Será de 12 ciudadanos si el fiscal anticipa que pedirá una pena mayor.

-Deben ver y escuchar todo el juicio: En el juicio recibirán, sin intermediarios, todas las pruebas, testimonios y alegatos. Con esa información deberán decidir si la persona acusada es o no es culpable del delito.

-Deliberación secreta: Para llegar al veredicto el jurado discutirá en una sesión absolutamente secreta. Esa deliberación puede durar hasta dos días. Para asegurar su tranquilidad, podrán pedir un régimen de resguardo o incomunicación.

-Unanimidad o mayoría: En los jurados de 12 miembros, alcanza con 10 opiniones para declarar la culpabilidad. En los jurados de 7 miembros, se alcanza la mayoría con 6 opiniones de culpabilidad. Si no se obtienen esas mayorías la persona acusada debe ser absuelta, porque significa que el jurado tiene dudas y no está seguro de estar ante el culpable.

29/07/2016

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