El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la provincia falló en contra del pedido de un ex concejal de Cutral co para que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza que distribuye automáticamente los recursos por regalías del Ente intermunicipal (ENIM) de esa ciudad y de Plaza Huincul.
El presidente del Concejo Deliberante de Cutral Co, Cristian Perotti, explicó que “en el año 2012 se aprobó la ordenanza 2357, con una modificación por la cual se establecía un mecanismo de distribución automática de recursos por las regalías del ENIM en favor de los dos municipios. Hubo un concejal que planteó la inconstitucionalidad en su momento de esta norma y el Tribunal Superior de Justicia de la provincia dictó el acuerdo por el cual rechazó el planteo y por ende quedó con absoluta vigencia la ordenanza que se estaba aplicando”.
El ex concejal Alberto Moraña había presentado una acción de inconstitucionalidad ante la Justicia porque consideraba que la distribución automática de los recursos estaba en contradicción con la ley de creación del ENIM.
La ordenanza avalada por el TSJ determina que la mayor parte de los fondos de las regalías que provee el yacimiento El Mangrullo se distribuyan a los municipios y que se utilicen para obras productivas.
Los jueces del TSJ consideraron que la Constitución provincial determina que los fondos por regalías se utilicen para obras productivas y que por ello “no hay ningún impedimento normativo para que la ejecución de las reservas (de El Mangrullo) se destine a “obras productivas”. Y agregan que “en tanto está habilitado normativamente, no puede predicarse la inconstitucionalidad pretendida”.
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