Argentina
07/09/2019

Ordenan reabrir la causa de Santiago Maldonado

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El tribunal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia solicitó que se sigan investigando los motivos de la muerte ocurrida luego de la represión de Gendarmería. Descartó la desaparición forzada. “Al no haber una investigación no se puede decir que es abandono de persona” dijo Sergio Maldonado.

 El Tribunal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió ayer en un fallo reabrir la investigación por la muerte de Santiago Maldonado ocurrida luego de una represión de Gendarmería en Chubut en agosto de 2017, y a pesar de que descartó la desaparición forzada instó a ampliar los peritajes y continuar con la búsqueda de mayores precisiones sobre lo ocurrido.

“Consideramos que se investigó una única hipótesis delictiva, aquí definitivamente descartada”, indicaron sobre la desaparición forzada, aunque advirtieron que no hubo un “pronunciamiento sobre algún posible nexo causal entre cualquier omisión de personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el río con Maldonado”, indica el fallo que revocó la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, que había cerrado la causa, a la vez que revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú y ordenó avanzar en la investigación.

Sergio Maldonado expresó en declaraciones radiales que “seguimos insistiendo en que es una desaparición forzada de persona porque al no haber una investigación no se puede decir que es un abandono de persona”.

“Estoy contento porque nos dan la razón en algo que venimos peleando y es lo que queríamos”, dijo el hermano de Santiago, aunque aclaró que “hay que rever todo el sistema judicial porque no puede un juez cerrar una causa sin siquiera haber investigado”.

En el fallo aclaran que “nos encontramos ante una muerte traumática con ribetes que podrían ser tildados de dudosos, por haber acontecido en un contexto de intervención estatal en cuyo desarrollo se hizo uso de las herramientas dotadas a los agentes estatales para la prevención y represión de los delitos; de allí que corresponda ampliarse la investigación a efectos de verificar o descartar la existencia de alguna otra hipótesis delictiva”.

Sergio Maldonado sostuvo que “se vuelve a ratificar que la justicia se mueve electoralmente o ante un plano internacional” porque “en 2017 apareció el cuerpo previo a las elecciones y previo a la reunión que teníamos con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Uruguay donde tenían que ir a explicar la desaparición forzada de Santiago”.

Y agregó que “el año pasado cerraron la causa en primera instancia previo al vencimiento impuesto por la CIDH y antes de que se realizara el G20 en Buenos Aires, y ahora que viene  la CIDH nuevamente dicen que hay que investigar y resuelve la Cámara que tiene que empezar una investigación porque la autopsia no dice cuando murió Santiago, que no se peritaron los billetes, que no hubo pericia del polen que tenía en la ropa”.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, dijo sobre el fallo a través de Twitter que “la cámara ratificó que no hubo desaparición forzada en el caso Maldonado” y agregó que “la verdad fue ratificada por la justicia en 2 oportunidades” y “ahora se investigará el abandono de persona: los últimos que lo vieron fueron sus compañeros, la verdad es incontrastable”.

A pesar de lo que dice la ministra acerca de la verdad, el  mismo fallo deja en claro que “advertimos la existencia de ciertos puntos del informe pericial, que merecen mayor explicación o su eventual ampliación, en aras a despejar cualquier duda razonable y a favorecer el derecho la verdad”.

Por ese motivo solicitan la ampliación del informe pericial sobre “la data de la muerte”, “la presencia de polen”, “el informe de diatomeas” y “la peritación del bastón” (encontrado junto al cuerpo de Santiago) y “los billetes” (que tenía en su bolsillo). 

Sobre el tema del polen el fallo solicita la convocatoria de la licenciada en Geología y Palinología Leticia Povilauskas para que amplíe su conclusión ya que “bajo ningún punto de vista los granos de polen encontrados en las muestras peritadas, puedan permanecer adheridos a las prendas anteriormente citadas, sumergidas en el lugar del hecho descripto por un período de tiempo prolongado”.

Los jueces Hebe Corchuelo de Huberman, Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, indicaron que “corresponde profundizar” la investigación “a efectos de reconstruir con la mayor exactitud y prontitud las circunstancias que rodearon al suceso”.

29/07/2016

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