Río Negro
16/01/2018

Levantan las barreras sanitarias

Levantan las barreras sanitarias | VA CON FIRMA. Un plus sobre la información.

El gobierno nacional derogó la resolución del Senasa que imponía la lucha contra la fiebre aftosa en Argentina. Lo hizo mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que derogó 19 leyes y modificó otras 140. Una medida similar tomó Carlos Menem en 1999 y provocó un brote en Formosa.

A partir del megadecreto de necesidad y urgencia dictado por el presidente Mauricio Macri publicado el viernes, que con la excusa de dinamizar la economía y dotarla de mayor competitividad deroga y modifica leyes y decretos, ya no tienen sentido las barreras sanitarias internas, y se cae el límite del río Colorado que tanta polémica generó entre Río Negro y La Pampa.

En el Senasa se realizaron 50 modificaciones, entre ellas, la derogación de la acción oficial en la lucha preventiva contra la Fiebre Aftosa, a partir de esta resolución del gobierno nacional que según dijeron “busca dinamizar la economía y dotarla de mayor competitividad”.

En particular en la región, abre un fuerte interrogante entre los productores de ganado de la Patagonia, ya que en esta región rige el estatus “libre de aftosa sin vacunación”. En Río Negro particularmente, el gobierno generó un programa de asistencia financiera e infraestructura para favorecer el crecimiento de las cabezas de vacas, poniendo una fuerte resistencia al paso de carne proveniente de La Pampa.

La ley 24.305 del “Programa Nacional de Lucha contra la Fiebre Aftosa” es la que declara la erradicación de la Fiebre Aftosa en todo el territorio argentino como de interés nacional. Argentina es un país libre de Fiebre Aftosa que se encuentra dividido en una región “con” vacunación y otra región “sin” vacunación.

El Senasa, a fin de evitar que la enfermedad ingrese a nuestro territorio, ha sabido dictar resoluciones con el fin de proteger el ganado argentino y asegurar nuestro estatus de país “libre de aftosa”.

En mayo de 1999, el entonces presidente Carlos Menem tomó la decisión de eliminar la vacunación contra la aftosa, y luego de hacer el anuncio oficial, viajó a Jesús María en Córdoba y aplicó una simbólica “última vacuna de aftosa” en la estancia Facundo, de Daniel Aseff.

En el 2000 Argentina fue declarada país libre de aftosa sin vacunación. Un par de meses después, apareció un brote de animales infectados en la provincia de Formosa. El impacto económico fue inmediato, tanto China como Estados Unidos prohibieron la importación de carne argentina.

A partir de ese momento, se volvió a registrar un brote en corrientes el 6 de abril de 2002, y otro en San Luis en el año 2006. De acuerdo a la Organización Internacional de Epizootias (OIE) se necesitan 18 meses consecutivos sin brotes de la enfermedad para restaurar el estatus de “país libre de aftosa”, lo que se logró a través del enorme trabajo realizado desde el Senasa con apoyo de Nación. Desde el año 2007, Argentina conserva su estatus de país libre de Aftosa.

Dentro del mega DNU de Macri, se incluye una sección de simplificación de trámites que afectan al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa). De acuerdo al texto publicado, se deroga el Decreto reglamentario Nº 5.153 del 5 de marzo de 1945, luego convalidado por la Ley N° 12.979, que es el que establece la acción oficial en la lucha preventiva contra la Fiebre Aftosa.

Esta decisión, sumada a que en el nuevo “Sistema de Registro Único (SRU)” del Senasa presentado el 5 de enero se omitieron las capacitaciones para vacunación contra aftosa, dejan en claro la intención del gobierno de replicar la decisión tomada por Menem en 1999. Y ya sabemos cómo termina esa historia.

Otros decretos que se derogaron

Decreto Nº 2.628. Del 15 de mayo de 1968 declara obligatoria la tenencia de la libreta sanitaria habilitada por el entonces Servicio de Luchas Sanitarias, dependiente de la ex Dirección de Sanidad Animal de la ex Secretaria de Estados de Agricultura y Ganadería, para todo propietario de ganado en la zona del país ubicada al norte de los Ríos Negro y Limay.

Decreto-Ley Nº 7.845. Del 8 de octubre de 1964, establece que los fabricantes de alimentos para animales deberán inscribirse en el Registro pertinente.

Decreto reglamentario Nº 5.153. De fecha 5 de marzo de 1945, convalidado por la Ley N° 12.979, establece la acción oficial en la lucha preventiva contra la Fiebre Aftosa.

Decreto Nº 89.048. Del 26 de agosto de 1936 establece la higienización y desinfección de todo vehículo que se utilice para el transporte de ganado.

Decreto Nº 80.297. Del 21 de diciembre de 1940, que obliga a la instalación en los lugares de concentración de ganado, de una playa para desinfección de vehículos.

29/07/2016

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