Neuquén
04/04/2020

Coronavirus

Gutiérrez puede disponer de los recursos privados de salud

Gutiérrez puede disponer de los recursos privados de salud | VA CON FIRMA. Un plus sobre la información.

Cuenta con la ley de emergencia sanitaria y el decreto reglamentario que regula las relaciones articuladas con el sector público en caso de ser necesario.

El gobernador Omar Gutiérrez podrá disponer de los recursos de salud del sector privado para enfrentar las consecuencias de la pandemia. La herramienta legal ya la tiene a mano porque lo contempla la ley de emergencia sanitaria 3230 en el artículo 3 y el decreto reglamentario 414/20 de la norma, recientemente publicado en el Boletín Oficial.

A nivel nacional, el gobierno, a través del ministerio de Salud, comenzó anteayer una negociación con el sector privado para definir una forma jurídica que declare a todo el sistema para uso público para hacer frente al coronavirus.

En Neuquén, el artículo 3 de la ley de emergencia sanitaria, la misma que le dio facultades al gobernador para tomar una deuda extraordinaria, le permite al Poder Ejecutivo "coordinar la reorganización y funcionamiento del subsector privado de la salud y obras sociales, medicina prepaga, y otros sectores privados no vinculados a la salud, con el objeto de que las camas, los recursos humanos y los elementos que pudieran contribuir a la contención y mitigación de la pandemia, estén a disposición para su utilización mientras dure la misma".

Ese mismo artículo es el que autoriza al Ejecutivo a convocar, con el mismo objetivo y con carácter de carga pública a "empleados y funcionarios públicos de los tres poderes del Estado, profesionales y trabajadores de la salud en general que no estén bajo la dependencia del sistema de salud público-privado, organizaciones civiles, y estudiantes avanzados del área de salud y de otras profesiones u oficios". 

Según datos de Salud, el sistema sanitario público de la provincia cuenta con 30 hospitales (1.162 camas), 84 centros de salud, 105 puestos sanitarios y 7 centros de día, mientras que en el ámbito privado y de obras sociales hay 13 establecimientos con internación y un total de  732 camas. 

Sobre las camas de terapia intensiva no hay datos oficiales, pero no llegarían a 140 en el primer caso y los respiradores sumarian un número similar entre el sector público y privado.

El decreto reglamentario de la ley de emergencia precisa que "la coordinación de la reorganización y funcionamiento importará la facultad de disponer de todo establecimiento asistencial, sanitario o farmacéutico que cuente con habilitación previa y vigente otorgada por el Ministerio de Salud, independientemente de su categoría y clasificación según Decreto Nº 0338/78, resoluciones y disposiciones dictadas por el Ministerio de Salud o la Subsecretaría de Salud".

La afectación de los recursos, dice la reglamentación, se instrumentará a través de una resolución emitida por el ministerio de Salud,  que contemplará los alcances en cuanto a duración, recursos físicos y humanos afectados, dependencia funcional y financiamiento.

"El ministerio de Salud estará facultado para disponer en caso de que así lo evalúe, la habilitación expresa para funcionar en cualquier establecimiento asistencial o sanitario, así como de suscribir acuerdos de afectación de los mismos para su funcionamiento", agrega el decreto reglamentario de la ley de emergencia sanitaria.

29/07/2016

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