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28/07/2016

Plebiscitos y nuevos métodos democráticos contra el macrismo

Plebiscitos y nuevos métodos democráticos contra el macrismo | VA CON FIRMA. Un plus sobre la información.
Debate televisivo entre candidatos presidenciales. Ridícula concepción de la democracia.

La “consulta popular” y el “derecho de iniciativa” son procedimientos previstos en la Constitución, que nunca se usaron ni se reglamentaron. Hoy podrían ayudar a resistir la restauración oligárquica.

Miguel Croceri

La ofensiva del gobierno de Mauricio Macri, quien como presidente de la Nación es la cabeza institucional del bloque de poder que a fines de 2015 recuperó el control del Estado luego de más de una década de retroceso, sólo podrá consumarse si su poderío es mayor al de un bloque de poder alternativo que le oponga resistencia. Dicho en otras palabras: el nuevo avance para restaurar los intereses oligárquicos que casi siempre gobernaron el país, será exitoso para sus impulsores y beneficiarios únicamente si consigue una acumulación de fuerzas superior a la que pueda rearmarse en defensa de los intereses nacionales y populares.

Este último objetivo -acumular fuerzas para oponerse al plan de la derecha- requiere de utilizar todos los métodos y espacios de lucha posibles, ya que es en la totalidad de la dinámica social donde se disputa la conformación de poderes sociales y políticos diversos, capaces de incidir en el destino de una Nación y, por lo tanto, en las condiciones de vida del pueblo.

Algunas formas de lucha democrática -o métodos, o escenarios de disputa- están incorporadas perfectamente a las prácticas políticas de la sociedad y podríamos llamarlos “habituales”, tales como el trabajo más específicamente político (partidos, agrupaciones, funciones en puestos del Estado, candidaturas a cargos electivos, actividades en campañas electorales, etc.), más todas las acciones políticas en lugares múltiples de la sociedad civil, ya sea en movimientos sociales, espacios vecinales, territoriales, sindicales, estudiantiles, periodístico-comunicacionales, en redes de Internet y demás formas de comunicación digital, en ámbitos universitarios y educativos en general, o culturales y de cualquier producción intelectual, en asociaciones de usuarios y consumidores, por citar algunos muy notorios.

Sin embargo, existen mecanismos de participación popular utilizados en otros países y previstos en la Constitución Nacional argentina desde hace más de dos décadas, pero a los cuales jamás se apela y por lo tanto son potenciales formas de lucha desperdiciadas: se trata del “derecho de iniciativa” y de la “consulta popular”, así llamados en los artículos 39 y 40 del texto constitucional, que son letra muerta desde que fueron sancionado en la reforma de 1994.

Los dos artículos dicen textualmente:

Artículo 39.- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses.

El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa.

No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.

Artículo 40.- El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática.

El Congreso o el presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio.

El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular.

Letra muerta y peligros que acechan

Y bien: esas reglamentaciones jamás se cumplieron. Lamentablemente, la dirigencia política del país -aún la kirchnerista, que durante su gobierno produjo una considerable ampliación de derechos, incluidos los políticos- nunca generó iniciativa alguna para sentar las bases legales que organicen, jurídica y operativamente, la posibilidad de concretar, o al menos impulsar, la realización de ambos procedimientos.

Este retraso en potenciales avances democráticos encuentra hoy condiciones de “necesidad” y “urgencia”, porque la restauración oligárquica tiene una velocidad de vértigo y cotidianamente provoca daños que, en muchos casos, serán difíciles o eventualmente imposibles de revertir en un nuevo ciclo de recuperación popular que pueda lograrse en el futuro.

Hay algunos ejemplos de peligros gravísimos para Argentina y el conjunto del pueblo que ameritan reflexionar sobre la necesidad de que el derecho de iniciativa y las consultas populares estén reglamentadas por ley, y puedan ser ejercidas tal como lo prevé la Constitución. Entre esos peligros, podemos mencionar:

1) La posible instalación de bases militares de Estados Unidos en Tierra del Fuego y Misiones. (Tema ocultado por los grandes medios de comunicación, es esclarecedora la entrevista del periodista Martín Granovsky al experto brasileño radicado en Alemania Luis Moniz Bandeira, publicada el pasado 20 de junio http://www.pagina12.com.ar/diario/dialogos/21-302162-2016-06-20.html)

2) La inminente venta de acciones de la Anses en empresas privadas, y la posterior re-privatización y extranjerización de las jubilaciones y todo el sistema previsional, que rompería las garantías de jubilación para las próximas generaciones, y dentro de pocos años dejaría otra vez a los adultos mayores como rehenes del negocio financiero y la timba capitalista globalizada.

3) La nueva privatización y extranjerización de empresas públicas como YPF y Aerolíneas Argentinas, recuperadas por el kirchnerismo luego de ser saqueadas por capitales locales y extranjeros y, en el caso de la empresa de aviación, llevada a la bancarrota.

4) El sometimiento del país a una de las versiones del “nuevo ALCA”: la Alianza del Pacífico (integrada hasta ahora por México, Colombia, Perú y Chile, o sea tres países con gobiernos de derecha o, en el caso chileno, del centro y la centroizquierda liberales). Esa decisión, ya iniciada por Macri, provocaría el desgaste y la destrucción del Mercosur, la Unasur, la Celac y cualquier otra variante de una integración autónoma y cooperativa entre las naciones, para reemplazarlos por instituciones convenientes a los intereses del capital trasnacional bajo dominio de Estados Unidos.

Son solo ejemplos. Algunas de esas amenazas son nuevas en términos históricos, y otras harían retroceder al país a la -larga- década de los años '90 (que en rigor duró casi una década y media, desde el golpe hiperinflacionario contra el gobierno de Raúl Alfonsín a comienzos de 1989, hasta la asunción de Néstor Kirchner en mayo de 2003: más de 14 años). En cualquier caso, significarían perjuicios enormes contra los derechos populares, y contra la capacidad de decidir soberanamente el destino nacional y definir los márgenes de autonomía para establecer vínculos de paz, cooperación y reciprocidad con el resto del mundo.

Hubo una vez un plebiscito

Argentina no tiene tradiciones de realización de plebiscitos, referendo (“referéndum”) o “consulta popular”. En cambio, son frecuentes en Europa (como el reciente, sobre la permanencia o salida de Gran Bretaña de la Unión Europea). El país suramericano más desarrollado en la materia es Uruguay. Por su parte, la Venezuela bolivariana es un ejemplo democrático único en el mundo, donde la ciudadanía puede revocar mediante referendo el mandato del presidente de la Nación.

Por encima de nombres diferentes y características propias, todos son procedimientos que la teoría política llama “de democracia semidirecta”, ya que ante la imposibilidad material de realizar una asamblea donde los ciudadanos y ciudadanas estén físicamente reunidos para decidir sobre asuntos trascendentes, se establecen reglas para que puedan pronunciarse respecto de un asunto concerniente a su comunidad nacional y, en última instancia, a su propia vida personal y familiar.

En la provincia de Buenos Aires hubo un referendo en 1990 y otro en 1994, ambos para resolver si se permitía la reelección del gobernador. Pero a nivel nacional, la única ocasión en nuestro país fue el plebiscito convocado por el presidente Alfonsín en su primer año de gobierno, y que tuvo lugar el 25 de noviembre de 1984, por el cual se sometió a la opinión ciudadana el Tratado de Paz y Amistad con Chile, que proponía resolver todos los conflictos limítrofes con el país vecino. Seis años antes, con ambas naciones sufriendo la opresión de dictaduras genocidas, hubo preparativos de una guerra inminente que fue impedida por la mediación a último momento del papa Juan Pablo II.

La convocatoria del '84 se realizó por decreto presidencial, ya que el mecanismo de consulta no estaba aún previsto en la Constitución, lo cual sí ocurrió 10 años después, cuando en 1994 se reunió la convención reformadora que elaboró el texto constitucional vigente hasta hoy. Pero más allá de las formalidades jurídicas, aquel plebiscito tuvo un éxito que las siguientes generaciones debieran valorar y agradecer: liberó a nuestra Patria -y a una patria vecina, y a la humanidad en definitiva- del riesgo de una guerra con un país hermano, ordenó definitivamente la resolución de los conflictos limítrofes pendientes, y otorgó a ambos pueblos las condiciones para una vecindad nacional pacífica y con infinitas posibilidades -algunas de ellas aprovechadas y otras no- de cooperación y progreso compartido.

Pasadas más de dos décadas de aquella experiencia luminosa, y con la consulta popular establecida normativamente en la Constitución, hoy hay mejores bases legales para su realización, además de razones de necesidad y urgencia. Sin embargo, en 22 años de vigencia los artículos son “letra muerta”: no existen leyes reglamentarias, ni existe debate alguno en la dirigencia política ni en las instituciones del Estado para cumplir con esa deuda pendiente.

(En cambio, el Congreso ya tiene a consideración el proyecto oficialista llamado “reforma política”, que fue acordado con diversos partidos y legisladores, y que entre otros asuntos haría obligatorio el debate televisivo entre candidatos presidenciales. Ridícula concepción de la democracia, que aumenta el espectáculo televisivo y el entretenimiento de la opinión pública, en lugar de impulsar una participación popular real y decisiva. Los debates televisivos pueden realizarse o no, ya que en sí mismos no son buenos ni malos y su conveniencia depende de circunstancias diversas, pero de ningún modo debieran ser obligatorios).

Cuando el actual gobierno perpetró el pacto con los fondos buitre, desde el kirchnerismo hubo propuestas para que el tema fuera sometido a consulta popular, pero fueron expresiones de último momento, aisladas, dispersas, inorgánicas y de nula influencia en el curso de los hechos.

Hubiera sido una magnífica oportunidad para tratar de impedir semejante agravio a la Nación. Pero habrá otros desafíos de extrema importancia para el país y para cada una de las personas que en él vivimos (como los ejemplos mencionados en esta nota y muchos más), que convertirían tanto a la consulta popular como al derecho de iniciativa en herramientas nuevas, cualitativamente superiores, de participación del pueblo y lucha democrática. Para ello, es imprescindible que previamente el Congreso elabore y apruebe las reglamentaciones que indican los artículos constitucionales 39 y 40.

Si las argentinas y argentinos incorporáramos a nuestra práctica política el ejercicio de los derechos cívicos mediante esos métodos, podrán sumarse otras formas de oposición y resistencia contra la devastación que ejecuta el actual Gobierno y el bloque de poder que integra. Pero además habrán crecido para el porvenir las chances de debatir colectivamente las grandes decisiones nacionales, y de que los problemas más conflictivos se resuelvan con la intervención directa del conjunto de la sociedad. Eso significa menos poder para las elites, las corporaciones y los poderes fácticos, y más poder democrático para el pueblo, es decir para cada uno de los ciudadanos y ciudadanas.

 

Una versión de esta nota fue publicada en Diario Contexto, portal de noticias de la ciudad de La Plata.

29/07/2016

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