Río Negro
22/05/2019

Declaran culpable a Rodríguez Lastra por no practicar un aborto legal

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El médico condenado hace declaraciones a la prensa.

El médico del hospital de Cipolletti fue condenado por el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Estaba acusado por no realizar, en 2017, una Interrupción Legal del Embarazo (ILE) solicitada por una chica que había sido violada. Desde la fiscalía dijeron que es “un fallo histórico”.

 

Texto y fotos: Laura D' Amico

El juez Álvaro Meynet declaró al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra "autor del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público", por negarse a practicarle un aborto a una joven embarazada víctima de una violación. El caso ocurrió en 2017 en el hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti, y la víctima fue obligada a continuar con el embarazo en contra de su voluntad. Dos meses después, parió un bebe que fue dado en adopción. En los próximos días se dará a conocer la sentencia. La pena para este tipo de delitos es de un mes a dos años de prisión, con el doble de tiempo de inhabilitación para ejercer la profesión.

A una semana de comenzado el juicio, Meynet explicó los fundamentos que lo llevaron a tomar esa decisión. Señaló que Rodríguez Lastra "a la fecha de los hechos no estaba incluido en el registro de objetores de conciencia" que establece la ley provincial 4.796, de modo que "el acusado no tenía una postura personal pública contraria a la práctica del aborto, al menos en los casos atendidos en la ley".

El juez valoró la declaración testimonial de las profesionales de la salud del hospital de la vecina localidad de Fernández Oro, y encontró probado el llamado telefónico realizado a fines de marzo, mediante el cual le solicitaron a Rodríguez Lastra el traslado de la paciente para realizarle el aborto en el establecimiento de salud cipoleño, dado la baja complejidad del hospital local. "Quedó claro que el acusado puso allí como condición o requisito una evaluación psiquiátrica previa que no está prevista en la ley", lo cual, según el veredicto, da cuenta de una "maniobra dilatoria que desconoce la diligencia profesional que conlleva tratar estos casos”.

Meynet señaló que tampoco llevó adelante la práctica el 2 de abril de ese año, cuando era su deber profesional como médico de la salud pública rionegrina hacerlo. Ese día, la víctima, identificada como R.P., llegó a la guardia con fiebre y contracciones tras haber ingerido Oxaprost para interrumpir el embarazo producto de una violación. Así se lo comunicó a los profesionales que la recibieron en el hospital, entre quienes se encontraba Rodríguez Lastra. En lugar de continuar con la interrupción legal del embarazo, el médico "toma una conducta en sentido contrario, con el agravante de que en momento alguno la informó convenientemente la invocada imposibilidad de realizar la práctica que se le demandaba", consideró el juez.

En este punto, remarcó un "claro indicio de mentira" por parte de Rodríguez Lastra, "porque si bien el acusado sostiene que le informó a la paciente, esta lo niega rotundamente" en su declaración. Para el magistrado, hubo "un valimiento de su posición profesional como médico frente a una joven mujer de escasos recursos comunicativos".

La víctima no estuvo presente en la sala durante el anuncio del veredicto, luego que en la última audiencia se descompensó al escuchar el alegato de la defensa. Rodríguez Lastra, acompañado por su esposa, que lo tomaba de la mano, escuchaba con gesto adusto.

Meynet continuó leyendo durante quince minutos. Advirtió "que en todo momento mantuvo el acusado una actitud negadora de la práctica que se le demandaba y a la cual estaba obligado por ley, intención que oculta detrás de excusas de diversa índole, las cuales además no las informó como era su obligación, respetando el derecho de la paciente". Además, consideró que el delito fue cometido con dolo, es decir, que hubo una intención y no se trató de una conducta negligente.

Respecto de los planteos realizados por las partes, el magistrado descartó que el caso encuadre en el supuesto de "violencia obstétrica", que reclamaban los fiscales Santiago Márquez Gauna y Anabella Camporessi. A la defensa, encabezada por David Torres, le respondió su "argumento cuanto menos extraño", invocado en el alegato final.

El abogado, quien trabaja como asesor en la Legislatura rionegrina y es apoderado del partido Juntos Somos Río Negro que lidera el gobernador Alberto Weretilneck, en dicho alegato había expresado su voluntad de que "quien hoy tiene dos años y está dado en adopción", cuando vea este juicio en un futuro, "vea cómo usted (dijo dirigiéndose al juez) absolvió y declaró no culpable a Leandro Rodríguez Lastra".

Ante dicho requerimiento, Meynet expresó en su fallo que "no es un argumento adecuado al caso ni tampoco jurídico", y dijo que respondería "desde la razón: (porque) el solo hecho de considerarlo importaría juzgar con disvalor la decisión que al amparo de la ley tomó una joven mujer ultrajada, que acudió al sistema público de salud de la provincia en la búsqueda de una respuesta que le fue negada por la conducta del acusado”.

Fallo "histórico"

Antes de leer el veredicto, Meynet, a cargo del tribunal unipersonal, remarcó que la sentencia se dará a conocer en los próximos días. Al tipo penal para el delito invocado le corresponde una pena de prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por el doble tiempo. Para determinar la pena se llevará adelante un juicio de cesura. Luego, Rodríguez Lastra podrá recurrir la decisión en instancias superiores.

Tras el cierre de la audiencia, el fiscal Márquez Gauna dijo a la prensa que "hoy todo el reconocimiento es para Álvaro Javier Meynet, quien ha demostrado que pese a que intentaron presionar sobre el final con algunas referencias a corporaciones, demostró que es un hombre de derecho". Lo dijo en referencia al alegato de la defensa, en el que el abogado Torres le indicó al juez que este caso podía "poner en muchísima inseguridad jurídica a todos los médicos".

El integrante de la fiscalía remarcó que "en este juicio no se juzga si estamos a favor o en contra del aborto, se juzga si una persona cumplió o no con las leyes de este país", y agregó que "ha quedado claro que ningún ciudadano del suelo argentino puede colocar sus propias creencias por encima de las normas".

Su colega, la fiscal Anabella Camporessi, destacó que "es un falló histórico, es un hito para nosotros", y consideró que "esto va a generar que se empiecen a hacer valer con mayor esfuerzo los derechos de las mujeres".

Para el defensor Torres, "esto no termina hoy, seguiremos luchando por lo que creemos que es lo justo". En sintonía, el imputado Rodríguez Lastra afirmó que "la lucha continúa" porque "sigo convencido de mi inocencia". Dijo sentirse "decepcionado" porque "confiaba en otro resultado" y aseguró que va a seguir trabajando. Vale aclarar que no está inhabilitado para hacerlo hasta que la condena quede firme.

Afuera del juzgado, los militantes antiderechos que durante las cinco jornadas del juicio le manifestaron su apoyo al médico colgando pañuelos celestes y banderas de Argentina, lo recibieron entre lágrimas y aplausos.

En tanto, en la esquina de España e Yrigoyen, mujeres de pañuelo verde festejaban el veredicto con canciones en favor de la legalización del aborto, proyecto que en los próximos días será nuevamente presentado en el Congreso de la Nación.

29/07/2016

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