Entrevistas
10/10/2017

Defensor Fernando Diez

“Hay una imagen sesgada y hostil de las comunidades originarias”

“Hay una imagen sesgada y hostil de las comunidades originarias” | VA CON FIRMA. Un plus sobre la información.

El integrante del Ministerio Público de la Defensa explicó el fallo que declaró ilegal el allanamiento a los mapuches en Tratayen. “Parece que las comunidades indígenas molestan” porque viven en tierras que cobraron valor económico por el petróleo, afirmó.

El fallo del Tribunal de Impugnación consideró que el allanamiento contra los mapuches de Tratayen el pasado 9 de septiembre, donde supuestamente se habían encontrado armas, fue “fue un procedimiento ilegal y contra las garantías constitucionales”, afirmó el defensor de circunscripción Fernando Diez, integrante del Ministerio Público de la Defensa de la provincia de Neuquén, quien había realizado el planteo judicial del cual ayer se conoció el fallo.

Los hechos ocurrieron en el paraje situado a unos 80 kilómetros de la capital neuquina, en la zona de Vaca Muerta, de donde fueron desalojados pobladores del Lof Fvta Xayen, en el marco de una causa por “usurpación de tierras”. En la ocasión, el fiscal general José Gerez, junto a los fiscales Pablo Vignaroli y Maximiliano Breide Obeid, informaron que se habían encontrado armas.

En declaraciones a Va Con Firma, el defensor Diez consideró que en esa ocasión se trasmitió a la sociedad “una imagen sesgada de las comunidades originarias, que es la misma que está en el ambiente actual” del país y que es “hostil” para los nativos, porque habitan zonas que antes “no tenían valor económico” pero con el petróleo cobraron “importancia estratégica” y entonces los pobladores indígenas “parece que están molestando”.

-Declararon la nulidad del procedimiento donde habían encontrado armas en Tratayen. ¿Por qué motivos?

-En realidad, las comunidades mismas han puesto en cuestionamiento que se hayan encontrado armas. De cualquier manera, lo que ha hecho el Tribunal de Impugnación por un recurso que ha presentado la Defensa Oficial, ya que yo soy integrante del Ministerio Público de la Defensa, lo que ha resuelto el tribunal es revocar la decisión del juez de Garantías, que había sido el doctor (Lucas) Yancarelli. El Tribunal de Impugnación, por unanimidad, entendió que el secuestro de unas armas en un domicilio donde había personas que estaban pernoctando, por más precario que fuera ese domicilio, tiene la protección de la Constitución en el sentido de que se protege la intimidad, y que en definitiva ese procedimiento fue violatorio de las garantías constitucionales. Por esa razón, el tribunal declara la nulidad de los secuestros, es decir de los elementos que se hayan secuestrado en el marco de ese procedimiento, y no tienen ningún valor en contra de los imputados. Esto es lo que se resolvió, y si bien podría ser objeto de algún tipo de recurso, entiendo que es bastante complejo que ese resultado vaya a cambiar.

-¿Eso significa que el procedimiento no correspondía hacerse, al menos de la forma en que se hizo?

-Nosotros, como defensoría oficial, cuestionamos varios aspectos del procedimiento. Uno fue que la Fiscalía solamente, sin orden judicial, haya ordenado el desalojo. El otro fue que la ley 26160 que declara la emergencia de las tierras de comunidades indígenas, prohíbe los desalojos mientras no se determine cuáles son las tierras que le corresponden a cada comunidad. Y finalmente cuestionamos que tal como se realizó, lo que se hizo en el procedimiento fue invadir un espacio privado, un espacio que tiene que ver con una vivienda precaria construida por la comunidad en ese lugar, y que los efectivos armados ingresaron sin ningún tipo de orden. Nosotros consideramos que eso era completamente abusivo y que violaba la Constitución. El Tribunal de Impugnación, por unanimidad, nos dio la razón y dijo que eso no se podía hacer valer contra los imputados.

-¿El desalojo no tenía orden judicial?

-El desalojo no tenía orden judicial. La fiscalía interpreta que esa orden no se requería, y ese tema el Tribunal de Impugnación no lo trató. Pero nosotros consideramos que también para ingresar a un predio que sea rural, y máxime cuando se trata de territorio de una comunidad indígena, se requiere de autorización judicial.

-Más aun cuando todavía está vigente la ley 26160 y ahora también el fallo del juzgado federal de Zapala, que exige la autorización para ingresar a territorios de comunidades originarias.

-Lo que nosotros argumentamos es que la Fiscalía por sí y ante sí decidió ese desalojo, pero además lo hizo en contraposición con lo que había hecho antes. Antes se había pedido una orden de desalojo a un juez, sobre esos mismos terrenos, que no se había llevado a cabo porque se había dejado sin efecto. Pero después, la misma fiscalía que había pedido una orden judicial para hacer un desalojo, ahora actúa sin orden judicial. Lo cual nos parece que no es lo que corresponde y eso es lo que también, en nuestra interpretación, entendió el Tribunal de Impugnación.

-La situación ocurrida se puede interpretar como un daño hecho a la comunidad. Por un lado los desalojaron, y por otro lado mostraron las armas en conferencia de prensa y eso se trasmitió a todo el país mostrando una imagen de que eran violentos.

-Sin duda esta decisión que tomó ahora la justicia tendría que tener una repercusión similar a la que tuvo ese momento que usted señala. Porque hubo un apresuramiento en mostrar una imagen realmente sesgada de las comunidades que es la que misma que está en el ambiente que estamos viviendo actualmente. Un ambiente que es hostil para las comunidades indígenas, y que creo que tiene que ver con los lugares en donde ellas están. Las comunidades están en zonas que antiguamente no tenían ningún valor económico, pero actualmente con el petróleo y otras explotaciones pasan a cobrar importancia estratégica y entonces parece que en esos lugares están molestando.

-Pero más allá del contexto del país, pareciera ser que los fiscales no actuaron como correspondía. Hasta quizás se los podría acusar de mal desempeño. ¿Qué considera usted al respecto?

-Eso quedará para la comunidad afectada, ver qué si toman alguna medida en ese sentido. Pero lo que sí quedó claro en el fallo del Tribunal de Impugnación es que se llevó a cabo un procedimiento que fue ilegal y fue contra las garantías constitucionales.

Entrevista: Mauricio Rojas

29/07/2016

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